Préstamos bonificados IVF Industria Agroalimentaria 2025

Ayudas PĂșblico 04/08/2025 0 234
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Plazo solicitudes desde el 4 de agosto de 2025 y hasta agotar presupuesto

Se ha publicado en el DOGV la convocatoria de la línea de financiación «Préstamos bonificados IVF industria agroalimentaria 2025

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

Sociedades mercantiles y sociedades cooperativas pertenecientes a la industria y cadena agroalimentaria, encuadrados en los siguiente códigos (CNAE-2009):

  • 10 Industria de la alimentación.
  • 11 Fabricación de bebidas.
  • 46.2 Comercio al por mayor de materias primas agrarias y de animales vivos.
  • 46.3 Comercio al por mayor de productos alimenticios, bebidas y tabaco

Gastos subvencionables

  1. En las inversiones en activos fijos, serán gastos financiables elegibles:
  • Adquisición y construcción de naves, locales comerciales, instalaciones y otros inmuebles, para el desarrollo de la actividad de la empresa, incluyendo la adquisición y acondicionamiento de terrenos, siempre que, no supere el 20% del valor nominal del préstamo.
  • Construcción de instalaciones de energía renovable, para autoconsumo o vertido a red, con potencia inferior a 30 MWp.
  • Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la información y la comunicación.
  • Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
  • Mobiliario.
  • Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación
  • Activos intangibles, como los gastos de investigación y desarrollo, la propiedad industrial, los derechos de traspaso o las aplicaciones informáticas.
  • Adquisición de participaciones empresariales al objeto de ampliar la capacidad productiva, mejorar las condiciones de financiación, o asegurar el suministro de insumos clave.
  1. En las necesidades de financiación para capital circulante, se considera elegible la financiación solicitada para mejorar el fondo de maniobra de la empresa.

CARACTERÍSTICAS PRÉSTAMOS

  • Financiación de inversiones en activo fijo, así como de necesidades de capital circulante.
  • Importe igual o superior a 100.000 €, con un importe máximo de 600.000 € para operaciones de inversión y de 450.000 € para circulante. Si la financiación tiene por objeto la adquisición de activos fijos, el valor del préstamo no podrá superar, en ningún caso, el 80% del valor de la inversión realizada.
  • Tipo de interés fijo del 1,5% (sobre el tipo de interés que correspondería aplicar en función de la calificación crediticia del solicitante, se aplicará una bonificación de forma que el tipo a pagar será un tipo fijo del 1,5%).
  • En las operaciones de inversión: plazo de 4 a 7 años, con posibilidad de un periodo de carencia de hasta 3 años, incluido en ese plazo.
  • En las operaciones de circulante: plazo de 2 a 4 años, con posibilidad de un periodo de carencia de hasta un año, incluido en ese plazo.
  • Liquidaciones trimestrales. Sin comisiones de apertura ni de cancelación anticipada de los préstamos.

REQUISITOS

  1. Disponer de al menos, un establecimiento, sucursal de producción o sucursal de desarrollo de actividad radicado en la Comunitat Valenciana.
  2. Acreditar en el momento de la solicitud una antigüedad mínima de dos años y contar como mínimo con un empleado o un trabajador autónomo societario.
  3. Contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la ejecución del proyecto y cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable y, en particular, en materia de competencia, contratación del sector público y medio ambiente.
  4. Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social, y resto de requisitos exigidos en la convocatoria.