Se ha publicado en el DOGV la convocatoria de la línea de financiación «Préstamos bonificados IVF industria agroalimentaria 2025
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
Sociedades mercantiles y sociedades cooperativas pertenecientes a la industria y cadena agroalimentaria, encuadrados en los siguiente códigos (CNAE-2009):
- 10 Industria de la alimentación.
- 11 Fabricación de bebidas.
- 46.2 Comercio al por mayor de materias primas agrarias y de animales vivos.
- 46.3 Comercio al por mayor de productos alimenticios, bebidas y tabaco
Gastos subvencionables
- En las inversiones en activos fijos, serán gastos financiables elegibles:
- Adquisición y construcción de naves, locales comerciales, instalaciones y otros inmuebles, para el desarrollo de la actividad de la empresa, incluyendo la adquisición y acondicionamiento de terrenos, siempre que, no supere el 20% del valor nominal del préstamo.
- Construcción de instalaciones de energía renovable, para autoconsumo o vertido a red, con potencia inferior a 30 MWp.
- Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la información y la comunicación.
- Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
- Mobiliario.
- Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación
- Activos intangibles, como los gastos de investigación y desarrollo, la propiedad industrial, los derechos de traspaso o las aplicaciones informáticas.
- Adquisición de participaciones empresariales al objeto de ampliar la capacidad productiva, mejorar las condiciones de financiación, o asegurar el suministro de insumos clave.
- En las necesidades de financiación para capital circulante, se considera elegible la financiación solicitada para mejorar el fondo de maniobra de la empresa.
CARACTERÍSTICAS PRÉSTAMOS
- Financiación de inversiones en activo fijo, así como de necesidades de capital circulante.
- Importe igual o superior a 100.000 €, con un importe máximo de 600.000 € para operaciones de inversión y de 450.000 € para circulante. Si la financiación tiene por objeto la adquisición de activos fijos, el valor del préstamo no podrá superar, en ningún caso, el 80% del valor de la inversión realizada.
- Tipo de interés fijo del 1,5% (sobre el tipo de interés que correspondería aplicar en función de la calificación crediticia del solicitante, se aplicará una bonificación de forma que el tipo a pagar será un tipo fijo del 1,5%).
- En las operaciones de inversión: plazo de 4 a 7 años, con posibilidad de un periodo de carencia de hasta 3 años, incluido en ese plazo.
- En las operaciones de circulante: plazo de 2 a 4 años, con posibilidad de un periodo de carencia de hasta un año, incluido en ese plazo.
- Liquidaciones trimestrales. Sin comisiones de apertura ni de cancelación anticipada de los préstamos.
REQUISITOS
- Disponer de al menos, un establecimiento, sucursal de producción o sucursal de desarrollo de actividad radicado en la Comunitat Valenciana.
- Acreditar en el momento de la solicitud una antigüedad mínima de dos años y contar como mínimo con un empleado o un trabajador autónomo societario.
- Contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la ejecución del proyecto y cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable y, en particular, en materia de competencia, contratación del sector público y medio ambiente.
- Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social, y resto de requisitos exigidos en la convocatoria.